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NOTICIAS
30 de Abril de 2020

Convocatoria XXXIII Asamblea General Ordinaria

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de abril de 2020

La Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), por resolución de la Comisión Directiva adoptada en reunión virtual del 18 de abril de 2020, por las consideraciones  que más adelante se expondrán y al amparo de la Resolución de la IGJ 11/2020 convoca a sus afiliadas (instituciones afiliadas activas de ciegos y para ciegos, miembros honorarios, arts. 5°, 6°, 7°, 8° y 9° E.S.) a la XXXIII Asamblea General Ordinaria según Estatutos (arts. 10°, 11°, 12°, 14° E.S.) para el día sábado 23 de mayo de 2020.

La Asamblea se efectuará excepcionalmente en modalidad virtual o no presencial, utilizando la plataforma Zoom y comenzará a sesionar a partir de las 12.30 horas en primera convocatoria, con un lapso máximo de dos horas, a las 14.30 horas, para el llamado a la segunda convocatoria (art. 14 E.S.)

Para facilitar la participación de los delegados y delegadas, así como la de aquellas otras personas con discapacidad visual residentes en la República Argentina que deseen conectarse para  asistir como observadores a la Asamblea, en esta ocasión se requerirá que en lo posible los representantes institucionales y observadores se inscriban hasta las 12 hs. del 22 de mayo, mediante el siguiente formulario:
https://docs.google.com/forms/d/1mAb9Oyb4QYPF6F6htFscUE9USYoSnP_zDJ6TS186qek

que cuenta con ondiciones de accesibilidad para personas con discapacidad visual que utilizan lectores de pantalla o magnificadores de imágenes. La inscripción será al solo efecto de asegurar que vencido este plazo y al menos 12 horas antes del horario señalado para la primera convocatoria, se informará mediante correo electrónico a quienes se hayan inscripto, el enlace que les permitirá conectarse para participar de la XXXIII Asamblea General Ordinaria. Adicionalmente se publicará por la página web y por las redes sociales oficiales de FAICA  dicho enlace, que estará disponible para que puedan ingresar en especial los representantes de las asociaciones afiliadas  hasta que se hayan iniciado las deliberaciones.

En la Asamblea, se tratará el siguiente orden del día:

  1. Designación entre los delegados de las Instituciones afiliadas que estén presentes, de un Presidente que dirigirá los debates, un Secretario que tendrá a su cargo la redacción del acta correspondiente y dos delegados que suscribirán dicha acta conjuntamente con las autoridades de la Asamblea. El presidente y el secretario de la Asamblea deberán ser personas con discapacidad visual. (Art. 11° E.S.)
  2. Entender con relación a las solicitudes de afiliación. (Art. 12° E.S. inc. a). Considerar asimismo la propuesta de la Comisión Directiva de actualizar el padrón institucional, determinando criterios a los efectos de proceder a la suspensión o desafiliación de miembros, sin que ello suponga una cuestión sancionatoria sino como un procedimiento de carácter administrativo registral.
  3. Consideración de la Memoria, Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos del Ejercicio comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2019 (Art. 12° E.S. inc. b).
  4. Establecimiento de políticas y cursos de acción tendientes a la consecución de los objetivos que se propongan para la Federación en el período (Art. 12° E.S. inc. c).
  5. Exposición por parte de las Instituciones Afiliadas acerca de sus actividades específicas. (Art. 12° E.S. inc. d). Para facilitar el desarrollo de la Asamblea, y en virtud al tiempo disponible, se recomienda que las exposiciones en lo posible sean presentadas previamente por escrito en un máximo de dos carillas, documento que se pondrá a disposición de los asistentes.
  6. Establecimiento de la cuota social para el nuevo período. (Art. 12° E.S. inc. e).
  7. Designación de la localidad que servirá de sede para la próxima Asamblea Ordinaria (Art. 12° E.S. inc. f).

Para participar de la Asamblea, las Instituciones deberán encontrarse al día con el pago de sus cuotas sociales, incluyendo la cuota correspondiente al ejercicio 2019, las que deberán abonarse por transferencia a la cuenta corriente del Banco de la Nación Argentina N° 69.700.261/03 (CBU) 0110697420069700261032 en lo posible hasta el día anterior a la celebración de la Asamblea, remitiendo el correspondiente comprobante al correo electrónico  tesoreria@faica.org.ar con copia a administracion@faica.org.ar. A efectos de proceder al pago, en este último correo las afiliadas podrán consultar el estado de deuda por cuotas sociales.

Dado que la Asamblea se efectuará en una modalidad virtual, los delegados deberán acreditar su representación mediante el poder correspondiente, también con anticipación a la celebración de la Asamblea, sea al tiempo de la inscripción o  antes de iniciarse las deliberaciones, remitiendo el mismo a faica@faica.org.ar . (Art.10°)

La Comisión Directiva deja constancia que se vio en la necesidad de convocar a la XXXIII Asamblea General Ordinaria en modalidad virtual, ante la imposibilidad fáctica de cumplir con el mandato de celebrar la misma en la Ciudad de General Roca (Río Negro), de acuerdo a lo aprobado en la XXXII Asamblea, que se llevó a cabo en la Ciudad de Santa Fe en abril de 2018.

Para arribar a esta decisión, la Comisión Directiva consideró los siguientes antecedentes:

Que en su reunión presencial del 11 de enero de 2020, se fijó preliminarmente la fecha del 25 de abril de 2020 para celebrar la XXXIII Asamblea General Ordinaria y el correspondiente Encuentro Tiflológico Nacional en General Roca, iniciándose las gestiones locales por parte de la afiliada Asociación de Ayuda a las Personas con Discapacidad  Visual AANOVI, para la realización de estos eventos.

Que el dictado de los DNU 260/20 y el 297/20, hicieron necesario efectuar un análisis de situación y postergar  la eventual convocatoria, a la espera de las medidas que el Poder Ejecutivo dispusiera respecto al aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Que la prórroga de esta medida hasta el 26 de abril inclusive y los anuncios de que la emergencia sanitaria implicará una salida administrada de la cuarentena; así como el hecho que por la interacción con ciertas barreras las personas con discapacidad visual pueden verse expuestas a mayores riesgos de contagio del Covid-19, lo que ha sido reconocido por el Ministerio de Salud de la Nación al incluir a las personas con discapacidad entre los llamados grupos de riesgo (Resolución 627/20), hacen que resulte en la práctica imposible poder anticipar una fecha probable para organizar la Asamblea.

Que el Estatuto fija un período de 4 meses de concluido el ejercicio,  para que se lleve adelante la Asamblea anual, y que ante la situación provocada por la pandemia del Covid-19, la Inspección General de Justicia, órgano de contralor al que está sometida FAICA, ha dictado con fecha 27 de marzo la Resolución 11/20 que en lo que aquí puede resultar más significativo en el  ARTÍCULO 3°: expresa: “DISPONGASE que durante todo el periodo en que por disposición del Poder Ejecutivo de la Nación, se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general como consecuencia del estado de emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus eventuales prorrogas, se admitirán las reuniones del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando sean celebrados con todos los recaudos previstos, según corresponda, en los artículos 1° o 2° de la presente resolución, aun en los supuestos en que el estatuto social no las hubieran previsto. Transcurrido este periodo únicamente se aceptaran la celebración de las reuniones del órgano de administración o de gobierno celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando los estatutos sociales expresamente lo prevean en términos de los artículos 84 o 360 de la Resolución General 7/2015.”

Entre las condiciones que se especifican, según esta Resolución, la realización de las reuniones del órgano de administración o de gobierno a distancia podrá hacerse si se utilizan medios que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, garantizando: a.) la libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; b.) la posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; c.) la participación con voz y voto de todos los miembros; d.) que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte digital; e.) Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier asociado que la solicite; f.) Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas por el representante social. g.) Que en la convocatoria y en su comunicación por el medio impuesto legal o estatutariamente debe fijarse el medio de comunicación y el modo de acceso al mismo a los efectos de prever dicha participación.

Que así las cosas y con el fin de dar cumplimiento a las previsiones estatutarias, la Comisión Directiva sin dejar de agradecer el trabajo de AANOVI, y comprometiéndose a efectuar en General Roca el Encuentro Tiflológico Nacional, cuando las circunstancias sanitarias lo permitan, resolvió la presente convocatoria a la XXXIII Asamblea Ordinaria, conforme lo expresado más arriba.

Para obtener más información podrán contactarse al correo electrónico faica@faica.org.ar, dejando constancia que  por el momento no será posible recibir consultas telefónicas. 

Carlos Andrés COLERE, Presidente
Carlos Alexis GARCÍA, Secretario General

FEDERACIÓN ARGENTINA DE INSTITUCIONES DE CIEGOS Y AMBLIOPES
F.A.I.C.A.

Link Documento Convocatoria XXXIII Asamblea General Ordinaria

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